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Formulario F.572 Web «SIRADIG – TRABAJADOR» – DECLARACIONES INFORMATIVAS

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)  recuerda la obligación de utilizar el SIRADIG a los efectos de comunicar toda la información necesaria para la liquidación de las retenciones del impuesto a las ganancias. Asimismo, aclara que  el 30 de junio vence el plazo para presentar las Declaraciones Juradas informativas del Impuesto sobre Bienes Personales y Ganancias para aquellos empleados en relación de dependencia que durante el año 2016 hayan obtenido «…ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 500.000…».

Comunicado completo
A partir del período fiscal 2017 todos los empleados  tienen    la obligación de presentar el Formulario 572 web, que les permite registrar y actualizar sus deducciones del Impuesto a las Ganancias a través del sistema SiRADIG, disponible www.afip.gob.ar, dentro del menú de servicios habilitados de su clave fiscal.

Por ello queremos recordarles que los empleadores tendrán que informarles a sus empleados la obligación de cumplir con la presentación del F. 572 Web – SiRADIG- e indicarles el día hasta el cual las novedades informadas serán tenidas en cuenta en las liquidaciones de haberes de cada mes.

Los datos que los empleados informen mediante el servicio “SiRADIG – Trabajador” estarán a disposición de los empleadores en el servicio «SiRADIG – EMPLEADOR», al que se accede con clave fiscal, a efectos de que sean tenidos en cuenta para la determinación del importe a retener.

En caso que los empleados no cuenten con clave fiscal, podrán solicitarla enwww.afip.gob.ar sin dirigirse a una dependencia de AFIP, validando algún dato de carácter no público (un pago, datos de una declaración jurada, etc.) o por medio de «homebanking» utilizando el acceso “Servicios AFIP” provisto por la entidad bancaria.

Por el contrario, si los empleados cuentan con una clave fiscal y no la recuerdan,  podrán blanquearla informando en nuestra web un dato de carácter no público (un pago, datos de una declaración jurada, etc.) o por «homebanking» a través del acceso “Servicios AFIP” e ingresando a la opción “Blanqueo de Clave Fiscal”.

Ante cualquier duda, los empleados podrán encontrar más información ingresando a www.afip.gob.ar/572web.

Asimismo,  recuerda que el 30 de junio vence el plazo para presentar las Declaraciones Juradas informativas del Impuesto sobre Bienes Personales y Ganancias para aquellos empleados en relación de dependencia que durante el año 2016 hayan obtenido ingresos brutos anuales iguales o superiores a $500.000.-

 

Es importante destacar que este trámite se prorroga al viernes 21 de Abril inclusive.

 

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