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Modificaciones para Plan de Pagos Permanente

Mediante la Resolución General 4651, publicada en el Boletín Oficial el 30 de diciembre, se extienden hasta el 31 de marzo de 2020 las condiciones especiales fijadas  a través de la Resolución General  4548 que,  modificando el plan de pagos permanente de Resolución General 4268 (y modificatorias), había ampliado para deuda corriente de 6 a 10 la cantidad de planes que  pueden tener abiertos al mismo tiempo las Pymes.

 

Para el resto de los contribuyentes (no Pymes) no se aplicará el SIPER, por lo que podrán tener abiertos hasta 3 planes a la vez.

Las condiciones especiales también implican que no habrá  tasa diferenciada ni limitación de cuotas por la calificación asignada en SIPER.

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