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Nuevo aumento de excepción de valores para PYMES

Se ha publicado en el Boletín Oficial del 13 de agosto  la  Resolución 519/2018 de la Secretaría de  Emprendedores y de la  Pequeña y Mediana Empresa (rige desde el 14 de agosto), que incrementa nuevamente los valores de las ventas totales anuales de la Resolución 340/2017, a la vez que también modifica a esta última incorporando a determinadas actividades de transporte dentro de los mismos parámetros que se utilizan para el Sector “INDUSTRIA Y MINERÍA“.

Las gestiones realizadas por nuestra Federación con el consenso de la Secretaria de Transporte en el marco de la mesa de competitividad, finalmente culminaron con el dictado de esta norma

En la presentación de la medida, el Ministro de Producción Dante Sica expresó que “Como resultado del diálogo permanente con las cámaras y actores del sector, estudiamos la situación y actualizamos los montos máximos de facturación para que ninguna pequeña o mediana empresa quede afuera de los beneficios de la ley”.-

La norma prevé las  siguientes actividades de transporte, de acuerdo al nomenclador de la Resolución General 3537 de la Administración Federal de Ingresos Públicos:

Para estas actividades se considerará como único parámetro el valor de ventas (promedio de los últimos tres ejercicios)  correspondiente al “SECTOR” “INDUSTRIA Y MINERIA”,  que prácticamente triplica al del “SECTOR” “SERVICIOS” que comprende al resto de las actividades que nos agrupan.

Destacando que el artículo 4º de la Resolución 340/2017 de la Secretaría de  Emprendedores y de la  Pequeña y Mediana Empresa (y modificatorias) es la que define como proceder cuando se realizan indistintamente actividades comprendidas en más de un sector, a continuación adjuntamos la tabla con los valores a considerar para la categorización:

 

Adjuntamos archivo con la Resolución 340/2017 (y modificatorias) de la Secretaría de  Emprendedores y de la  Pequeña y Mediana Empresa.

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