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Nuevo portal para monotributistas

A través de la Resolución General 4063, publicada en el Boletín Oficial el 7 de junio y vigente desde esta fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos aprueba el “Nuevo Portal para Monotributistas”, disponible en el sitio web del organismo, al cual los sujetos adheridos al régimen deberán acceder utilizando la clave fiscal a todos los recursos y servicios requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

También la resolución se establece la posibilidad de  acceder, mediante el uso de un dispositivo móvil (teléfono inteligente, tableta, etc.) con conexión a Internet, a los mismos recursos y servicios ofrecidos en el portal web,  utilizando la opción “Mi Monotributo” desde la aplicación móvil denominada “Monotributo”.-

Transcribimos a continuación el artículo 2° de la resolución que nos ocupa, que ayuda a recordar algunas obligaciones del régimen simplificado (monotributo):

 

“…Artículo 2° – Los contribuyentes que opten por la adhesión o se encuentren adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) deberán acceder al “Nuevo Portal para Monotributistas”, a los efectos de la adhesión, recategorización y demás trámites relacionados con su condición de pequeño contribuyente, ingresando a las opciones que, entre otras, se indican seguidamente:

 

  1. a) Adhesión al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS): “Alta Monotributo”.

 

  1. b) Acreditación de la condición de pequeño contribuyente: “Constancias/Constancia de CUIT”.

 

  1. c) Cambio de domicilio fiscal: “Datos personales/Domicilios”.

 

  1. d) Modificaciones de datos (de actividad, altas o bajas de integrantes del grupo familiar primario, etc.): “Datos del Monotributo/Modificar datos del Monotributo”.

 

  1. e) Recategorización cuatrimestral o confirmación de datos, según corresponda: “Datos del Monotributo/Recategorización”.

 

  1. f) Cancelación de inscripción: “Datos del Monotributo/Darse de baja del Monotributo”.

 

  1. g) Obtención de credencial para el pago: “Constancias/Credencial de pago”.

 

  1. h) Visualizar cuantía y estado de cumplimiento de obligaciones mensuales (pagos, saldos y cálculo de deuda): “Inicio/Estado de cuenta”.

 

  1. i) Constitución del domicilio fiscal electrónico: “Inicio/Domicilio Fiscal Electrónico”.

 

  1. j) Emisión de factura electrónica: “Facturación/Factura Electrónica”.

 

  1. k) Inscripción como empleador: “Empleador/Voy a tener empleados”…”

 

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