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Plan de pagos permanente: se extienden al 31 de julio las condiciones especiales

Mediante la Resolución General 4744, publicada en el Boletín Oficial el 27 de junio, se vuelve a extender el plazo provisorio por el que en el plan de facilidades de pago permanente de la Resolución General 4268 se establecen mejores posibilidades, de las que nos referiremos en los párrafos siguientes a las de los planes generales.

 

 

Así tenemos que se extienden hasta el 31 de julio de 2020 las mejores condiciones fijadas  a través de la Resolución General  4548,  que había ampliado para deuda corriente de 6 a 10 la cantidad de planes que  pueden tener abiertos al mismo tiempo las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, en este caso sólo las del Tramo 1. 

Para el resto de los contribuyentes también regirán condiciones especiales en el mismo período, por lo que podrán tener abiertos hasta 6 planes a la vez. 

Las condiciones especiales también implican que no habrá  tasa diferenciada ni limitación de cuotas por la calificación asignada en SIPER. 

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