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Modificaciones de  las alícuotas de recaudación personalizadas

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha dictado la Resolución Normativa 20/2019, que rige desde el 1º de julio, mediante la cual se producen distintas modificaciones a la Resolución Normativa 2/2013 (y modificatorias) relacionadas con las alícuotas de retención y percepción que se aplican a cada contribuyente y que están contempladas en las tablas que deben aplicar los agentes de recaudación.

 

La principal novedad está relacionada con el hecho de que únicamente los contribuyentes con categoría de riesgo fiscal 0 (“Tiene el total de las DDJJ y todas cumplidas en término”) no sufrirán acrecentamiento en las alícuotas publicadas para dichas recaudaciones. Anteriormente sólo sufrían dicho castigo las categorías 3 y 4, por lo que ahora también se incorporan las 1 y 2, a la vez que se fija un nuevo rango de alícuotas de acrecentamiento, el que queda conformado del siguiente modo:

También se modifica el listado de las alícuotas de los regímenes generales de retención y percepción aplicables a cada sujeto de acuerdo a la actividad desarrollada de mayores ingresos.

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