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Vacunas necesarias para tramitar la licencia de conducir

Después de haber sido aprobada en Diputados, la Cámara alta convirtió en ley un proyecto que regula aspectos clave de la vacunación.

Las vacunas se encuentran entre las principales herramientas que existen en el sistema de salud para inmunizar de manera masiva a la población. A través de su aplicación es posible prevenir que las personas se contagien ciertas enfermedades y, de este modo, evitar su propagación a nivel local, nacional e incluso regional.

En Argentina, hay una ley que regula el sistema de vacunación del país, que establece todas las pautas centrales respecto de la inmunización en general. Sin embargo, dado que la norma tiene más de 30 años -data de 1983-, se impulsó un nuevo proyecto que apunta a modificar algunos aspectos fundamentales y a ampliar el acceso a las vacunas en todos el país. Fue por eso que se decidió incluirlo en la lista de temas a tratar en el período de sesiones extraordinarias, junto con otros tópicos importantes a nivel nacional.

Así, este viernes el proyecto de ley de vacunas obtuvo se convirtió en ley en manos de la Cámara de Senadores, dentro del marco de las sesiones extraordinarias. El texto de la nueva norma nacional regula diferentes aspectos de la vacunación, entre los que se encuentran su obligatoriedad, promoción en todas las etapas de la vida y exención impositiva.

Entre los aspectos más importantes, establece que para trámites como renovación del DNI, pasaporte o licencia de conducir, «se solicitará a la persona el certificado de vacunas, pero sin obstruir el trámite».

En este sentido, es importante aclarar que “el calendario de adultos sanos indica la vacuna contra la hepatitits B, que consta de tres dosis, y la doble adultos, que protege contra la difteria y tétanos cada diez años”, según explica la Dra. Carla Vizzotti, en diálogo con Infobae. Además, «los que hayan nacido después de 1965 deberán recibir dos dosis de la triple viral contra sarampión y rubéola después del año de edad y todos los mayores de 65 deberán recibir cada 10 años la antineumocócica y todos los años la antigripal», indicó la presidente de la Sociedad Argentina de Vacunología y Epidemiología.

La iniciativa, que se aprobó en la primera sesión de extraordinarias de la Cámara alta, tiene como objetivo actualizar la regulación de vacunas, que actualmente está prevista en la Ley 22.909. Además, prevé nuevos mecanismos de control y medidas que buscan facilitar el acceso, el cumplimiento y el financiamiento de la vacunación gratuita y obligatoria, tanto en niños como en adultos.

El actual marco normativo, vigente desde 1983, «se creó en un escenario diferente, ya que en ese entonces el calendario nacional contaba solo con seis vacunas obligatorias para niños, mientras que hoy contempla unas 20 para toda la familia», según los fundamentos de la ley.

Entre los principales puntos se destaca además «la prevalencia de la salud pública por sobre el interés particular, la disponibilidad de vacunas y de servicios de vacunación y la participación de todos los sectores de la salud». Asimismo, señala que «el Estado deberá garantizar la compra de vacunas e insumos».

Otro de los puntos fundamentales del proyecto recientemente aprobado, quita los impuestos internos a las vacunas. Al mismo tiempo, penaliza a integrantes del equipo de salud que contraindiquen vacunas del calendario o que falsifiquen certificados.

Por último, es importante tener en cuenta que la ley prevé la creación del Registro Nacional de la Población Vacunada Digital. Allí, se deben asentar los «datos de vacunación de cada uno de los habitantes de todas las jurisdicciones y subsistemas de salud -público, seguridad social y privado-«.

Este tipo de regulaciones son importantes para ampliar el acceso a la vacunación. La exigencia de la constancia de vacunación para la renovación de documentos esenciales para el desempeño del día a día hace que se pueda controlar más fácilmente.

 

Fuente: Health & Tech

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