A través de la la Resolución General 4407, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), agrega la posibilidad de cancelar anticipadamente los planes de facilidades de pago mediante VEPs.
Para ello, en el sistema informático denominado “MIS FACILIDADES”, se habilita una nueva funcionalidad para efectuar la Cancelación Anticipada Total (CAT) de planes de facilidades de pago vigentes.
Destacamos que la resolución establece que los contribuyentes y/o responsables deberán presentar una nota en los términos de la Resolución General N° 1.128 (formulario multinota), en la dependencia en la que se encuentren inscriptos, indicando la entidad y red de pago que se utilizará para cancelar el Volante Electrónico de Pago (VEP) generado.
El nuevo mecanismo se agrega al tradicional previsto en cada una de las resoluciones de facilidades de pago, de solicitar por única vez dicha cancelación anticipada mediante débito bancario a realizarse el día 12 del mes siguiente a la solicitud.