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Nuevos plazos para el ejercicio de la opción de revalúo impositivo

El decreto 143/2019 extiende al décimo tercer mes el plazo para ejercer esa posibilidad.

En función del plazo adicional que el decreto permite que la AFIP fije para los vencimientos de determinados ejercicios, la AFIP dictó la Resolución General 4429, publicada en el Boletín Oficial el 27/02/19 que fija los siguientes vencimientos en función del mes en que se produzca el cierre del ejercicio o año fiscal del contribuyente:

 

Cierre de ejercicio o año fiscal

Vencimiento para el ejercicio de la opción

Diciembre 2017

29/3/2019

Enero 2018

30/4/2019

Febrero 2018

31/5/2019

Marzo 2018

31/5/2019

Abril 2018

31/5/2019

Mayo 2018

28/6/2019

Junio 2018

31/7/2019

Julio 2018

30/8/2019

Agosto 2018

30/9/2019

Setiembre 2018

31/10/2019

Octubre 2018

29/11/2019

Noviembre 2018

31/12/2019

 

A tal fin, el cierre de ejercicio a considerar será aquel registrado en el Sistema Registral al 30 de diciembre de 2017”.

 

Recordamos que  el plazo para los ejercicios cerrados en Diciembre de 2017 vencía el 28 de Febrero, y como todavía el servicio web no funciona correctamente, la extensión  parece poca en función del tiempo transcurrido sin que el organismo pueda brindar las herramientas necesarias para el ejercicio de la opción.

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