Debido al feriado nacional por la conmemoración del Día de la Diversidad Cultural, se disponen las siguientes restricciones a la circulación de camiones en rutas nacionales y de la provincia de Buenos Aires.
Restricciones a la circulación de camiones
RUTAS NACIONALES
De acuerdo a lo establecido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) por Disposición Nº 266/16, se restringe la circulación de los vehículos de categorías N2, N3, O, O3 y O4 por las rutas nacionales conforme las fechas y horarios que se informa a continuación:
Días y horarios en que se aplicará la veda:
Fecha | Horario | |
Viernes 7 de octubre de 2016 | 20:00 a 23:59 | ASCENDENTE (SALIDA) |
Lunes 10 de octubre de 2016 | 20:00 a 23:59 | DESCENDENTE (REGRESO) |
Recordamos que cuenta Usted con esta información en nuestra página web, www.fadeeac.org.ar en el link:
http://www.fadeeac.org.ar/index.php/component/content/article?id=468
- B) SECCION II
RUTA NACIONAL N° | TRAMO |
3 | Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de BAHIA BLANCA (incluye autovía), provincia de BUENOS AIRES. |
5 | Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de TRENQUE LAUQUEN, provincia de BUENOS AIRES. |
7 | Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de SAN LUIS, provincia de SAN LUIS. Tramo correspondiente a autovía desde la Ciudad de SAN LUIS, provincia de SAN LUIS a la Ciudad de MENDOZA, provincia de MENDOZA, se restringirá conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III) |
8 | Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de VILLA MERCEDES, provincia de SAN LUIS. |
9 | Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de LA QUIACA, provincia de JUJUY. Tramo correspondiente a Autopista o Autovía entre los kilómetros 0 hasta la Av. Circunvalación en la Ciudad de Córdoba, se restringirá conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III). |
11 | Desde la Ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de CLORINDA, provincia de FORMOSA. |
12 | Desde el EMPALME de la Ruta Nacional N° 9, en la provincia de BUENOS AIRES, hasta la Ciudad de CEIBAS, en la provincia de ENTRE RÍOS; y desde la Ciudad de Paraná, en la provincia de ENTRE RÍOS, hasta la Ciudad de Puerto Iguazú, en la provincia de MISIONES. Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 80 a 159,91; 1390,9 a 1396,11 y 1636,87 a 1638,76 se restringirán conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III) |
14 | Desde la Ciudad de CEIBAS, provincia de ENTRE RIOS, hasta la Ciudad de SAN JOSE, provincia de MISIONES. Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 0 a 504,38 restringirán conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III) |
19 | Desde la Ciudad de SANTA FE, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de CORDOBA, provincia de CORDOBA. |
20 | Desde la Ciudad de CORDOBA, provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de SAN JUAN, provincia de SAN JUAN. |
22 | Desde la Ciudad de BAHIA BLANCA, provincia de BUENOS AIRES, hasta la provincia del NEUQUEN. |
33 | Desde la Ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de BAHIA BLANCA, provincia de BUENOS AIRES. |
34 | Desde su intersección con la RN 9 en la Ciudad de GÜEMES, provincia de SALTA hasta la Ciudad de YUTO, en la provincia de JUJUY. |
35 | Desde la Ciudad de RIO CUARTO, provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de SANTA ROSA, provincia de LA PAMPA. |
36 | Desde la Ciudad de RIO CUARTO, hasta la Ciudad de CORDOBA, ambas en la provincia de CORDOBA. |
38 | Desde el EMPALME de la Ruta Nacional N° 20, en la provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de S.M. DE TUCUMAN, en la provincia de TUCUMAN. |
40 | Desde la Ciudad de SAN JUAN, en la provincia de SAN JUAN hasta la Ciudad de MALARGÜE, provincia de MENDOZA; y desde el EMPALME con la Ruta Nacional N° 234 de la provincia del NEUQUEN y la Ciudad de ESQUEL, provincia del CHUBUT. |
105 | Desde la Ciudad de SAN JOSE hasta la Ciudad de POSADAS, ambas en la provincia de MISIONES. |
127 | Desde el EMPALME de la Ruta Nacional N° 12, provincia de ENTRE RIOS, hasta el EMPALME con la Ruta Nacional N° 14, provincia de CORRIENTES. |
148 | Desde la Ciudad de VILLA DOLORES, provincia de CORDOBA, hasta el LIMITE de la provincia de SAN LUIS. |
158 | Desde la Ciudad de SAN FRANCISCO, provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de RÍO CUARTO, provincia de Córdoba. |
174 | Desde la Ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de VICTORIA, provincia de ENTRE RIOS. |
188 | Desde la Ciudad de SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS, provincia de BUENOS AIRES, hasta la Ciudad de GENERAL ALVEAR, provincia de MENDOZA. |
205 | Desde la Ciudad de CAÑUELAS, provincia de BUENOS AIRES, hasta la Ciudad de SAN CARLOS DE BOLIVAR, provincia de BUENOS AIRES. |
226 | Desde la Ciudad de GENERAL VILLEGAS, hasta el EMPALME con la RP N° 29, ambas en la provincia de BUENOS AIRES. |
231 | Desde el EMPALME con la Ruta Nacional N° 40 hasta el PASO CARDENAL SAMORE, ambas en la provincia del NEUQUEN. |
Todas las Autopistas de acceso a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en toda su extensión
- C) SECCION III –
FECHA | HORARIO | SENTIDO DEL FLUJO VEHICULAR EN:
· Autopistas de Acceso a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en toda su extensión. · Autopista RN 7 desde ciudad de SAN LUIS a la ciudad de MENDOZA. · Autopista RN 9 desde el km 0 hasta la Av. Circunvalación en la ciudad de CORDOBA. · Autovía RN 12 desde el km 80 al 159.91; · Autovía RN 12 desde el Km 1390,9 al 1396 · Autovía RN 12 desde el km 1636,87 a 1638. · Autovía RN 14 desde el km 0 al 504.38. |
Viernes 7 de octubre de 2016 | 20:00 a 23:59 | ASCENDENTE (SALIDA) |
Lunes 10 de octubre de 2016 | 20:00 a 23:59 | DESCENDENTE (REGRESO) |
Exceptúese de la restricción a :
- a) De transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados;
- b) De transportes de animales vivos;
- c) De transportes de productos frutihortícolas en tránsito;
- d) De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual;
- e) De atención de emergencias;
- f) De asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquél donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío;
- g) Cisterna de traslado de combustible, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo;
- h) De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos;
- i) De transporte de medicinas;
- j) De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos;
- k) De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial;
- I) De transporte de sebo, hueso y cueros.
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESTRICCIONES A LA CIRCULACION DE CAMIONES
Próximo Feriado por el 12 de Octubre – Día de la Diversidad Cultural
PROXIMAS RESTRICCIONES:
La Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Infraestructura, comunica que queda restringida la circulación de camiones en la Autovía 2 y Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74 y Autopista Buenos Aires–La Plata, con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito
La medida contempla a los vehículos de transporte de cargas mayores de siete (7) toneladas de porte bruto, los mismos no podrán circular por las Rutas Provinciales conforme los tramos, las fechas y horarios establecidos por la Agencia Provincial del Transporte de la Provincia de Buenos Aires.
Vialidad Provincial recomienda a los conductores: circular con las luces bajas encendidas; con la V.T.V. actualizada; respetar las velocidades máximas y mínimas; colocarse el cinturón de seguridad; no sobrepasar a otro vehículo con presencia de doble línea amarilla; los niños menores de 12 años deben viajar en el asiento trasero correctamente sujetados; haber dormido y descansado antes de emprender un viaje y no beber alcohol |
Se autoriza a la Dirección del Transporte de Cargas dependiente de la Dirección Provincial del Transporte a realizar en caso de excepción, debidamente justificado, el otorgamiento de Autorizaciones de Circulación en Áreas Restringidas.