A las modificaciones introducidas a la Resolución 939/2013 por las resoluciones 364/2016 y 421/2016 que reformularon el régimen, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suma nuevas modificaciones a través de la Resolución 486/2016, que también serán de aplicación para las operaciones que se efectúen desde el 1° de noviembre.
- Se excluyen de ser sujetos pasibles de retención a las empresas de gas, de agua, de servicios cloacales y de telecomunicaciones.
- Para las devoluciones de las percepciones practicadas mediante la emisión de notas de crédito, se elimina el requisito de que deban ser emitidas en el mismo mes en que se realizó la operación que les diera origen. Recordamos que las devoluciones de las percepciones practicadas, mediante notas de crédito, procederán únicamente como consecuencia de la anulación total de la operación que se hubiera instrumentado mediante la confección de la correspondiente factura o documento equivalente.