Se ha dictado la Resolución 446/2016 de la Dirección Provincial de Rentas (Neuquén), que fija en $ 5.000 el importe mínimo no sujeto a retención del impuesto sobre los ingresos brutos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° de la resolución 380/1993.
En esta oportunidad no se modifica el monto mínimo no sujeto a percepción establecido en el primer párrafo del artículo 10 de la resolución 490/1997, de $ 200.-
Si bien la norma fue publicada en el Boletín Oficial de la provincia el 11 de noviembre, la norma hace saber que la misma “tendrá validez a partir del 1 de octubre de 2016”.