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AFIP: Aclaraciones sobre la exención de algunos conceptos salariales

Continuando con la Circular C2023-123 de nuestra Federación, enviada el 27 de abril, ahora informamos que en un reciente comunicado publicado el 4 de mayo, la Administración Federal de Ingresos Públicos efectúa “aclaraciones sobre algunos conceptos salariales” bajo el título de “Nuevas exenciones en ganancias”.

 

En el comunicado no se hace mención a la respuesta de la Subsecretaría de Ingresos Públicos a la consulta  de la C.G.T. sobre la que informamos en nuestra circular, aunque se infiere que ésta motiva el comunicado, que no nos parece muy claro y preciso.

En el mismo se informa que la exención del Impuesto a las Ganancias aplicada a ciertos conceptos salariales tales como bonos por productividad, fallos de caja, viáticos y horas extras, no requiere de gestión extra por parte del contribuyente. Esto significa que no debe realizarse la rectificación del F.572 web anteriormente presentado. Las nuevas excepciones del impuesto se aplicarán en forma retroactiva y para todo el período fiscal 2023”.

Creemos que el mismo estaría confirmando que los empleadores, deberán reliquidar y reintegrar -en caso de corresponder-, sólo “respecto al año fiscal 2023 inclusive”, sin necesidad de intervención de los trabajadores y trabajadoras bajo relación dependencia.

 

[i] Fue obtenido en el siguiente link:

  https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=2242

 

 

 

 

 

 

 

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