Mediante la Resolución General 4745, publicada en el Boletín Oficial el 27 de junio, la A.F.I.P. vuelve a eximir a los contribuyentes y responsables, ahora hasta el día 31 de julio, inclusive, de la obligación de registrar los datos biométricos ante las dependencias en las que se encuentren inscriptos, a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran.