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Asegurar la cobertura médica para los recién nacidos

La SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD dispone, con carácter excepcional, que todos los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga deberán incorporar, de manera provisoria y por el término de hasta CUARENTA Y CINCO (45) días posteriores a la finalización del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Decreto Nº 297/20 y sus eventuales prórrogas, a las hijas e hijos de afiliadas y afiliados titulares nacidos a partir del 20 de febrero de 2020, y por los cuales no se haya podido completar el trámite del Documento Nacional de Identidad (DNI)

 

CONSULTAS: departamentoriesgo@fadeeac.org.ar

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