La Direccion Nacinal del Trabsporte Automotor de Cargaspermite la suspcripción de los certificados de habilitación previstos en las Resoluciones N° 263 de fecha 16 de noviembre de 1990, correspondientes a:
- Permisos originarios para el transporte internacional de cargas por carretera, emitiendo el «Documento de Idoneidad» (DI) correspondiente.
- Bajas de Permisos originarios.
- Cambios de apoderado o Representante Legal de empresas nacionales o extranjeras con “Permiso Originario” así como sus cambios societarios.
- Renovación de Permisos Originarios para el transporte internacional de cargas por carretera, emitiendo el “Certificado de Renovación”, correspondiente.
- Modificaciones de flota, ya sea a fin de dar altas para incorporar nuevos vehículos, baja de los existentes y/o cambios de estructura a la flota afectada al “Permiso Originario Definitivo” para el transporte internacional de cargas por carretera, el documento que contenga como archivo embebido los “Certificados de Identificación de los Vehículos Habilitados o Desafectados y el Anexo con el Detalle de la Flota de Vehículos Habilitados”.
- Permisos de carácter ocasional para realizar transporte internacional de cargas por carretera conforme el “Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT)”, inscripto como “Acuerdo de Alcance Parcial en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)”, emitiendo el “Permiso Ocasional”.
- Permisos Complementarios emitiendo el “Certificado de Cumplimiento”, así como su renovación y/o baja.Los permisos o autorizaciones otorgadas por la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, referidas a “Permisos Originarios y su Renovación, modificación de Razón Social o domicilio real o legal o de Representante Legal”, de “Permisos Complementarios, de Modificación de Flota de Vehículos de empresas nacionales y extranjeras con Permiso Originario”
- Autorización para el transporte de cargas por carretera que se realiza entre el Territorio Continental Argentino y la Isla Grande de Tierra del Fuego en tránsito por la República de Chile, la suscripción de la «Autorización de transporte de cargas por carretera a Tierra del Fuego», de conformidad con el “Convenio Argentino- Chileno de Transporte Terrestre en Tránsito para vincular dos puntos de un mismo país utilizando el territorio del otro”.
La presente medida cesará en su vigencia una vez designado quien resulte titular de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR.