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Clave fiscal: facilidades transitorias para su obtención

Se publicó la Resolución General 4754 (AFIP) que extiende hasta el 31 de julio la facilidad otorgada por la Resolución General N.°4727 para otrorgar nivel presencial a  la Clave Fiscal.

 

En consecuencia, se establecen, hasta el 31 de julio, inclusive, las siguientes medidas:

* Se asignará Nivel de Seguridad 3 a los contribuyentes que efectúen el blanqueo de su clave fiscal por cajeros automáticos. El Organismo le requerirá al contribuyente, con posterioridad al 31/07, la presentación en la Dependencia de la documentación correspondiente para la tramitación de la clave presencial (apartado B anexo III de la Resolución General N.° 3717) y el registro digital de la fotografía, firma y huella digital. De no formalizarlo se bajará el Nivel de Seguridad a 2.

* Se podrá suministrar la documentación correspondiente para que la persona humana acredite carácter de apoderado o representante legales, mediante el servicio web “Presentaciones Digitales”, pudiendo la Dependencia solicitar presentación de documentación de respaldo con posterioridad al 31/07. Se deberá seleccionar alguno de los siguientes trámites:

  1.  a) “Vinculación de Clave Fiscal para Personas Humanas”, de tratarse de apoderados de personas humanas, o

 

  1.  b) “Vinculación de Clave Fiscal para Personas Jurídicas”, en el caso de representantes legales de personas jurídicas.

 

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