Se ha publicado en el Boletín Oficial del 31 de marzo la Resolución General 5177 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, que extiende hasta el 31 de mayo la no consideración de las distintas categorías del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” para la solicitud del plan de facilidades de pago de la Resolución General 4057, en este caso por el impuesto a las ganancias de las personas jurídicas, no aplicándose hasta dicha fecha las condiciones diferenciales en relación a si el contribuyente se encuentra en la categoría A, B, C o D.
Se mantiene la imposibilidad de adhesión de los sujetos con categoría E (Riesgo Muy Alto).
Como la posibilidad de regularizar las deudas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales por la Resolución General 4057 sólo se puede realizar desde el primer día del mes de vencimiento de la obligación de pago hasta el último día del mes siguiente, dicha posibilidad había expirado el 30 de septiembre de 2021 para las personas humanas. Igualmente volveremos sobre este tema al final de este trabajo.
De esta manera, la no consideración de la categoría de riesgo para dicho plan sólo aplica a personas jurídicas con determinadas fechas de cierre de ejercicio (octubre 2021 a diciembre de 2021). En el caso del cierre de octubre no se considerará la categoría de riesgo si se presenta hasta el 30 de abril, mientras que para los cierres de diciembre se podrá presentar hasta el 31 de mayo.
Este miniplan permite financiar las declaraciones juradas de impuesto a las ganancias con un pago a cuenta del 25 % y hasta tres cuotas, esto en función de la no consideración del perfil del riesgo, que genera en términos habituales condiciones menos favorables.
Es importante destacar que en el Régimen de facilidades de pago, también permanente de la Resolución General 4268, no se pueden incluir estas obligaciones (correspondientes a los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales) cuando su vencimiento hubiera operado en el mismo año calendario de la presentación del plan de facilidades.
En estas condiciones, ya desde el 1° de enero de 2022 está disponible dicho plan para la inclusión de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales de las personas humanas del año 2020 y anteriores, y también hasta el 29 de abril la moratoria de la ley 27653.