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Miniplan Ganancias

Se ha publicado en el Boletín Oficial del 30  de septiembre la Resolución General 5265 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, que extiende hasta el 31 de octubre la no consideración de las distintas categorías del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” para la solicitud del plan de facilidades de pago de la Resolución General 4057, en este caso por el impuesto a las ganancias de las personas jurídicas, no aplicándose hasta dicha fecha  las condiciones diferenciales en relación a si  el contribuyente se encuentra en la categoría A, B, C o D.

 

 

 

Se mantiene la imposibilidad de adhesión de los sujetos con categoría E (Riesgo Muy Alto).

Como la posibilidad de regularizar las deudas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales por la Resolución General 4057 sólo se puede realizar desde el primer día del mes de vencimiento de la obligación de pago hasta el último día del mes siguiente, dicha posibilidad ya expiró para las personas humanas. Igualmente volveremos sobre este tema al final de este trabajo.

De esta manera, la no consideración de la categoría de riesgo por el mes de octubre para dicho plan sólo aplica a personas jurídicas con determinadas fechas de cierre de ejercicio (abril de 2022 y mayo de 2022). En el caso del cierre de mayo no se considerará la categoría de riesgo si se presenta hasta el 31 de octubre.

Este miniplan permite financiar las declaraciones juradas de impuesto a las ganancias con un pago a cuenta del 25 % y hasta tres cuotas, esto en función de la no consideración del perfil del riesgo, que genera en términos habituales condiciones menos favorables.

Es importante destacar que en el Régimen de facilidades de pago, también permanente de la Resolución General 4268, no se pueden incluir estas obligaciones (correspondientes a los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales) cuando su vencimiento hubiera operado en el mismo año calendario de la presentación del plan de facilidades.

En estas condiciones, ya desde el 1° de enero de 2022 está disponible dicho plan para la inclusión de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales del año 2020 y anteriores, y desde el 1ª de enero de 2023 estará disponible para las declaraciones juradas del año 2021.

 

 

 

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