A través de la Resolución General N° 5025 AFIP dispuso la extensión hasta el día 2 de agosto de 2021, la suspensión del procedimiento referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Extendió también la suspensión respecto de la consideración de los meses de mayo, junio y julio de 2021, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática por falta de pago.