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Novedades provinciales

Últimas disposiciones en materia tributaria, por provincia.

 

C.A.B.A.

 

Disposición (DGGSM Bs. As. cdad) 14/2020

Verificación Técnica Vehicular Obligatoria

Los servicios prestados por las Plantas de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria se reanudarán a partir del día 26 de mayo de 2020, al solo efecto de verificar vehículos destinados al transporte de pasajeros y cargas, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, y vehículos afectados a las prestaciones y servicios de salud, que se encuentren radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 195/2020

Suspensión de los plazos procedimentales en el ámbito de la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos

Se dispone que en el ámbito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el período previsto entre los días 26 de mayo y 8 de junio de 2020, ambas fechas inclusive.

Quedan excluidos de la presente resolución los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario.

 

JUJUY

Resolución (MHyF Jujuy) 89/2020

Prórroga del régimen especial de regularización de deudas tributarias vencidas al 31/3/2020 y beneficios fiscales extraordinarios

Se dispone la prórroga del «Régimen especial de regularización de deudas tributarias y beneficios fiscales extraordinarios» dispuesta por ley 6146, hasta el 2 de agosto de 2020, fecha hasta la cual deberán efectuar la adhesión en los términos y condiciones dispuestos por la normativas: resolución 52/2020 y su reglamentación resolución 1562/2020.

La Dirección Provincial de Rentas se fijarán las condiciones, formalidades, y demás requisitos a cumplir por los interesados para acceder a los beneficios previstos en la presente ley y dictará las normas complementarias y reglamentarias a tal efecto.

 

CORDOBA

Decreto (Córdoba) 370/2020

Prórroga del receso administrativo para la Administración Pública Provincial

Se establece, a partir de las 0:00 horas del día 25 de mayo de 2020 hasta el día 7 de junio de 2020, inclusive, el receso administrativo en el ámbito de la Administración Pública Provincial no financiera centralizada y descentralizada.

 

TUCUMAN

Resolución General (DGR Tucumán) 74/2020

Se prorroga hasta el 29 de mayo de 2020 inclusive, el plazo establecido para las presentaciones de las declaraciones juradas y los pagos correspondientes a los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes locales, cuyos vencimientos operaron desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 22 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive.

También quedan comprendidos en lo dispuesto en el párrafo anterior, los pagos parciales de los planes de facilidades de pago de tributos establecidos por las resoluciones ministeriales 12/2004 y 515/2018, cuyos vencimientos hayan operado durante las fechas allí citadas.

Se consideran presentadas e ingresadas en término las declaraciones juradas y los pagos que se efectúen hasta el 29 de mayo de 2020 inclusive, de las obligaciones tributarias correspondientes a los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes comprendidos en el Régimen de Convenio Multilateral, cuyos vencimientos operaron desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 20 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive.

 

SANTA FE

Resolución General (API Santa Fe) 30/2020

Registro Único Tributario-Padrón Federal: adhesión de Santa Fe

Se establece que el Registro Único Tributario será el único autorizado para que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral en las jurisdicciones adheridas a dicho sistema, cumplan los requisitos formales de inscripción en el gravamen y de declaración de todas las modificaciones de sus datos, ceses de jurisdicciones, cese parcial y total de actividades y/o transferencia de fondo de comercio, etc.

Asimismo, se establece que a partir del 1/6/2020 los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos – Convenio Multilateral con jurisdicción sede en la Provincia de Santa Fe deberán utilizar el Registro Único Tributario para los citados trámites.

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