La AFIP establece modificacions en comprobantes clase M y Clase A con pago en CBU informada
- Vigente desde el lunes 11/11/2019.
- Comprobantes clase “M”: leyenda a reemplazarse con la denominación “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”. No hay importe mínimo para que corresponda la retención y la alícuota se eleva 6 % para Ganancias y para IVA se considerará el 100% de la alícuota que corresponda.
- Comprobantes con PAGO EN CBU INFORMADA: leyenda a reemplazarse por la denominación “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”. Ante Ganancias la retención será del 3% y ante IVA será del 50% de la alícuota que corresponda.
- no se fijan importes mínimos para aplicar retención.
- si los importes a retener por los regímenes generales de retención son mayores, se aplican estos últimos.