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Nuevas pautas para comprobantes clase M y Clase A

La AFIP establece modificacions en comprobantes  clase M y Clase A con pago en CBU informada

 

 

  • Vigente desde el lunes 11/11/2019.
  • Comprobantes clase “M”: leyenda a reemplazarse con la denominación “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”. No hay importe mínimo para que corresponda la retención y la alícuota se eleva 6 % para  Ganancias y para IVA se considerará el 100% de la alícuota que corresponda.
  • Comprobantes con PAGO EN CBU INFORMADA: leyenda a reemplazarse por la denominación “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”. Ante Ganancias la retención será del 3% y ante IVA será del 50% de la alícuota que corresponda.
  • no se fijan importes mínimos para aplicar retención.
  • si los importes a retener por los regímenes generales de retención son mayores, se aplican estos últimos.

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