Share on facebook
Share on google
Share on twitter
Share on linkedin

Régimen de facilidades de pago

AFIP publicó la RG 4541 por medio de la cual extiende la posibilidad de incluir en plan de facilidades de pago de hasta 60 cuotas, las deudas vencidas hasta el 30 de abril de 2019.

Antes solo se permitía hacerlo por lo vencido al 31 de enero de 2019 (bajo la anterior RG 4777).

 ¿Qué obligaciones pueden incluirse bajo este plan?

  1. a) Deudas impositivas y previsionales -incluidas retenciones y percepciones impositivas- de todos los tamaños de contribuyentes (sean o no incluidos en Registro MiPymes).
  2. b) Obligaciones correspondientes al Monotributo y al Régimen de Trabajadores Autónomos.
  3. d) Obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago -generales, sectoriales, regionales o especiales- cuya caducidad haya operado durante el mes de julio de 2019, o hayan sido rechazados a partir del 1 de julio de 2019.

 

Pagos a cuenta, tasa:

  • Para los planes que quedaron caducos hasta el 31 de julio de 2019 o que fueron rechazados a partir del 1º de julio de 2019, impuso un pago a cuenta del 5% de la deuda.
  • Para todos aquellos contribuyentes (sean o no MiPymes) que realicen pago a cuenta del 20% de la deuda, establece un tope del 2,5% en la tasa mensual.
  • Adherir a este nuevo plan no implica reducción alguna de los intereses ni sanciones.

 

Vigencia:

La presente resolución general entrará en vigencia a partir del 1º de agosto de 2019.

 

¿Hasta cuando se podrá adherir a este nuevo plan?

La adhesión podrá hacerse hasta el 31 de agosto de 2019 inclusive.

 

VER RESOLUCIÓN

 

Ingrese