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Renovación de los Certificados MiPyME con vigencia hasta el 30 de junio

En las circular 111 del Departamento de Estudios Tributarios habíamos informado que  la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, mediante la Resolución 52/2020 publicada en el Boletín Oficial el 24 de abril, formalizó la prórroga por única vez hasta el 30 de junio de 2020 de la vigencia de los “Certificados MiPyME” cuyos vencimientos operan  el 30 de abril  o el 31 de mayo, para cierres  de ejercicio de diciembre de 2019 o enero de 2020, respectivamente.

 

Ahora informamos que en el Boletín Oficial del 10 de junio se publicó la Resolución General 4737 de la Administración Federal de Ingresos Públicos que complementa a la misma, estableciendo, también con carácter de excepción, que los procesos tendientes a la renovación del certificado previstos en los artículos 1°, 2° y 4° de la Resolución General 4642  de aquellas empresas cuyos cierres de ejercicios fiscales operaron en los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020, se efectuarán en el mes de junio de 2020. 

A tal efecto, la información correspondiente a los campos del Formulario 1272 denominado “PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios”, a que se refiere el primer párrafo del artículo 2° de la Resolución General 4642, será puesta a disposición de las empresas desde el día 10 de junio, para su verificación hasta el día 20 de junio de 2020, inclusive

Recordamos que en nuestra circular 130 del 10 de diciembre de 2019 habíamos informado sobre la Resolución General 4642, dictada por la Administración Federal de Ingresos Públicos en forma conjunta con la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores. Por efecto de la misma durante este mes también deben realizarse dentro del trámite normal que prevé mayores facilidades para su obtención previstos en esta norma, los certificados correspondientes a los cierres de Febrero que vencen el 30 de junio.

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