Desde el próximo 1º de agosto se encontrará vigente el nuevo procedimiento por el cual los contribuyentes (tanto locales como del Convenio Multilateral) que posean saldos a favor como consecuencia de retenciones y/o percepciones del impuesto a las actividades económicas (Ingresos Brutos) podrán solicitar la exclusión temporal de tales regímenes.
Así surge de la Resolución General 23/2018 de la Dirección General de Rentas que, con el objetivo de agilizar el proceso, dispone que la solicitud se formalizará ingresando con clave fiscal al servicio web “Constancias /Certificados/ Constancias de no retención/percepción”, y su seguimiento y emisión se realizarán por la misma vía.