La Agencia Nacional de Seguridad Vial extendió hasta el 1 de octubre 2021 la autorización que permite circular con la Licencia Nacional de Conducir Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) vencidas desde el día 15 de febrero de 2021 en adelante.
Será requisito excluyente para los organismos de control:
– Portar la LiNTI vencida
– Portar constancia de turno de curso de capacitación
– Portar canon abonado
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