Mediante la Resolución General 75/2016, que se aplicará desde el 1º de agosto, la Dirección General de Rentas de Tucumán aumenta a $ 5.000 (actual $ 3.200) el monto mínimo para que corresponda la retención de distintos regímenes.
Entre éstos, se encuentra el de la Resolución General 23/2002, siempre que los contribuyentes que acreditan inscripción en el impuesto en los términos establecidos por la Resolución General 176/2010 y sus modificatorias.
A tal efecto se considerará el importe neto del impuesto al valor agregado cuando el sujeto revista la calidad de responsable inscripto ante el referido tributo y el mismo se encuentre discriminado, caso contrario deberá considerarse el monto total de la operación.