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Reprogramación de los anticipos de las personas humanas

Se ha dictado la Resolución General 4102 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, publicada en el Boletín Oficial el 9 de agosto, que reprograma los vencimientos de los anticipos 2 a 5 de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales de las personas humanas (y sucesiones indivisas).

Así tenemos que se posterga para el mes de septiembre el anticipo 2 que vencía la semana que viene (14, 15 y 16 de agosto).

Asimismo, se determina que los anticipos 3, 4 y 5 vencerán en los meses de octubre y diciembre de 2017 y marzo de 2018, respectivamente.

También la norma establece que el plazo para el pago y presentación de las declaraciones, los impuestos mencionados, así como el impuesto a la ganancia mínima presunta de empresas unipersonales, sociedades de hecho y locadores de inmuebles rurales, vencerán en los años siguientes en el mes de junio.

Ver Resolución

 

 

 

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