Se ha dictado la Resolución General 4102 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, publicada en el Boletín Oficial el 9 de agosto, que reprograma los vencimientos de los anticipos 2 a 5 de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales de las personas humanas (y sucesiones indivisas).
Así tenemos que se posterga para el mes de septiembre el anticipo 2 que vencía la semana que viene (14, 15 y 16 de agosto).
Asimismo, se determina que los anticipos 3, 4 y 5 vencerán en los meses de octubre y diciembre de 2017 y marzo de 2018, respectivamente.
También la norma establece que el plazo para el pago y presentación de las declaraciones, los impuestos mencionados, así como el impuesto a la ganancia mínima presunta de empresas unipersonales, sociedades de hecho y locadores de inmuebles rurales, vencerán en los años siguientes en el mes de junio.