Mediante la disposición 1028/17 de la CNRT, se modifica la resolución 28 del 19 de enero de 2016 por la cual se fijan las causales de suspensión de uso, vigencia o emisión de la Licencia Nacional Habilitante.
Esta establece que cuando se detectare una alcoholemia positiva y/o uso de sustancias psicoactivas, sin perjuicio de los controles que corresponde efectuar respecto de su aptitud, se suspenderá el uso, vigencia o emisión de la Licencia por el termino de NOVENTA (90) días.
De esta manera la presente disposición extiende el plazo que era de 60 día a 90 días la sanción aplicada, quedando el resto del texto de la resolución antes mencionada, inalterado.