Se ha publicado la Resolución 154/2018 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, que incrementa los valores de las ventas totales anuales de la Resolución 340/2017, a la vez que también modifica a esta última incorporando a la definición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa el atributo relativo al personal ocupado, además de realizar ciertas precisiones en torno a la vinculación, el control y los grupos económicos. Rige desde el 10 de mayo.
En consecuencia, ahora alcanza a las empresas del sect
or servicios que nos comprende que facturan hasta $ 328.900.000 (antes $ 250.000.000) y emplean hasta 535 empleados, de acuerdo a la siguiente segmentación (en el Anexo 1 adjuntado se pueden apreciar los valores de todos los sectores económicos):
Surge del artículo 2ª bis incorporado por la norma que el número a considerar de personal ocupado es aquel que surja del promedio anual de los últimos 3 ejercicios comerciales o años fiscales, según la información brindada por la empresa mediante el Formulario de Declaración Jurada F. 931 presentado ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, con las situaciones especiales que prevé el artículo.
Si bien la resolución no lo especifica, en caso de superarse uno de los atributos, entendemos que corresponde caracterizarse de acuerdo a este último. Por ejemplo, si las ventas son de $ 4.000.000 pero en empleados el número es 12, corresponderá categorizarse como pequeña y no como microempresa.
Asimismo es importante tener en consideración las modificaciones introducidas en el artículo 4º de la Resolución en casos de intermediación (muy diferente de la subcontratación).