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Catamarca: Alícuota Ingresos Brutos

Planilla orientativa con las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el año 2020, que responde a nuestra interpretación de las normas allí referenciadas.

 

 

(**) Beneficios Micro, Pequeña y Mediana Empresa de la provincia (Ley 5024)

Artículo 1º – Se denomina micro, pequeña y mediana empresa -MiPyME- a los efectos de la presente ley, a todos aquellos sujetos que respondan a los siguientes requisitos fundamentales:

  1. a) Que su domicilio legal o real y fiscal, así como la administración y el asiento principal de sus negocios se encuentren dentro de la Provincia.
  2. b) Que sus ventas mensuales (sin IVA cuando se trate de responsables inscriptos) no superen la suma de $ 1.000.000 (un millón de pesos).

Art. 9º – Establécese para las micro, pequeñas y medianas empresas, dedicadas a la construcción, comercio y/o servicio, una exención parcial del impuesto sobre los ingresos brutos, de acuerdo a la siguiente escala:

 

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