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ATP: Instructivo para liquidar sueldos abril y mayo

El beneficio de ATP es un beneficio en el que el empresario se inscribe a través de la AFIP, denunciando los datos correctos (CBU del trabajador) para que, una vez concedido, ANSES le transfiera directamente al trabajador, una suma de dinero que será equivalente entre uno y dos  Salarios Mínimo Vital y Móvil. 

 

Como no siempre el beneficio se corresponde con la fecha de pago de la obligación salarial, es conveniente abonar, en el caso que sea posible por parte de la empresa, en concepto de «ANTICIPO / ADELANTO», para luego poder tener la posibilidad de realizar el descuento respectivo. 

Una vez concedido el beneficio al trabajador, el empleador deberá descontar la suma que oportunamente ha sido abonada a favor del trabajador, en caso de que hubiere abonado la totalidad del salario. 

Consecuentemente, el concepto que se sugiere al respecto, es «Descuento ANTICIPO / ADELANTO (seleccionar un concepto) Abril / Mayo (seleccionar mes) – beneficiario ATP». 

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