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ARBA:  Modificación al Código de Operación de Traslado

Se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires la Resolución Normativa (ARBA) 30/2017 que dispone modificaciones a la Disposición Normativa B 32/2006 y modificatorias atinentes al COT. Entrará en vigencia el 25 de agosto.

Se modifica el Artículo 8º (COT telefónico) donde el lugar de origen del traslado y el domicilio de entrega se informan solamente indicando el Código Postal. También se deberá complementar dentro de los 4 días corridos posteriores a la finalización de la validez del COT la información restante estipulada en el artículo 6º vía internet del sitio oficial.

Se modifica el Artículo 11º eliminando la nota que pedía autorización para la emisión del remito electrónico.

En el artículo 14º se determina en el COT obtenido telefónicamente la fecha estimada de entrega será el tercer día inmediato a la fecha de inicio del traslado. También se elimina la extensión de 72 horas cuando la operación se ampare con guía única de traslado; no obstante, se mantiene lo dispuesto en el artículo 15º que al respecto expresa.

“…Art. 15 – Cuando se utilicen con carácter transitorio depósitos de terceros y, de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo 32 de la resolución general citada anteriormente, los depositarios o transportistas hubiesen emitido el remito, la guía o el documento equivalente en oportunidad de producirse la reexpedición de los bienes hasta su destino final, la vigencia original del Código de Operación de Transporte se entenderá automáticamente extendida por un plazo igual, desde la fecha de emisión del documento que ampara la reexpedición…”

Las jurisdicciones que se encuentran obligadas a la obtención del COT, son aquellas que hayan adherido al sistema y que ARBA publicará en su sitio oficial.

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