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Córdoba: Régimen de información del consumo de combustible

La Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba, por medio de la Resolución Normativa 48/2019 modifica el alcance del régimen de información referente al consumo de combustible para contribuyentes.

Abarca a los contribuyentes que realicen:

  • Actividad de producción primaria,
  • Actividad industrial y
  • Prestación de servicio de transporte

Deberán cumplir con la información cuando la sumatoria de la base imponible declarada del impuesto sobre los ingresos brutos para el año anterior al período que se debe informar, supere la suma de $ 9.000.000,- (antes $7.000.000,- art. 555.1de la RN 1/2017)

A tales efectos se considerarán la totalidad de las actividades, incluidas las exentas y/o no gravadas, cualquiera sea la jurisdicción en que se lleve a cabo las mismas.

La presente se aplicará a partir de la declaración jurada de Agosto de 2019.

 

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