A continuación se detallan los puntos más relevantes.
• Posibilita la generación del saldo de libre disponibilidad por aplicación de la ley 25.870
• Obligatoria para presentaciones que se realicen desde el 1° de octubre
• Código específico para el pago a cuenta: 969 – “Pago a Cuenta ICL – Transporte Internacional”
• Permite la carga de pagos a cuenta generados en meses anteriores y no exige más datos que la fecha y el importe
Ya está publicado en la web de AFIP el aplicativo IVA SIAp que permite generar declaraciones con saldo a favor de Libre Disponibilidad por pago a cuenta de ICL por transporte internacional
La Administración Federal de Ingresos Públicos ha publicado en el Boletín Oficial del 30 de septiembre la Resolución General 4591, por la cual los sujetos que realizan transporte internacional deberán utilizar, en sustitución de la versión vigente, el programa aplicativo denominado “I.V.A. – Versión 5.4”, que funciona dentro de la plataforma SIAp, para poder volver a generar el saldo de libre disponibilidad por el pago a cuenta del impuesto sobre los combustibles líquidos (ICL, antes denominado ITC) en el marco de la vigente ley 25.870.
La nueva versión deberá utilizarse para las presentaciones que se realicen desde el 1° de octubre, y permitirá computar el ICL correspondiente a meses anteriores, según surge de las pruebas efectuadas donde ha permitido generar las declaraciones del mes de septiembre con el saldo a favor de libre disponibilidad. Parecía surgir del Anexo de la Resolución que iba a exigir la carga de los datos del comprobante que originaba el pago a cuenta, pero no es así. El nuevo Código 969 correspondiente al Régimen “Pago a Cuenta ICL – Transporte Internacional” no modifica la información que se carga actualmente: Fecha e importe. Dicho Código 969 lo encontramos en el ítem “Regímenes de Pagos a Cuenta” de la pestaña“Ingresos Directos”.
Este aplicativo se logra después de largas gestiones de nuestra Federación en distintos ámbitos gubernamentales y ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. Esta última había dictado la Resolución General 4532, publicada en el Boletín Oficial del 26 de julio, modificando la Resolución General 4313 en un tema trascendente para las empresas que realizan un importante flujo de transporte internacional.
Dicha Resolución General 4313 tardíamente había considerado derogada (tácitamente) la ley 25.870 (y también la Resolución General 1759), situación que originó las quejas del sector que ahora son respondidas favorablemente, primero a través de la Resolución General 4532 y ahora por la norma que nos ocupa que torna nuevamente operativo lo que nunca debió dejar de ser: la posibilidad de generar el saldo a favor de libre disponibilidad. En efecto, la ley 27430, en este aspecto vigente desde el 1° de marzo de 2018, no había derogado la ley 25.870, situación que fuera reconocida por la Resolución General 4532 y que ahora se efectiviza por la nueva Resolución General 4591 que pone en vigencia el nuevo aplicativo.
En su momento habíamos expresado que por la Resolución General 4313 se había modificado el aplicativo del IVA que funciona bajo el entorno SIAp, provocando que los sujetos que realizan transporte internacional no pudieran reflejar el saldo a favor de libre disponibilidad en el impuesto al valor agregado (IVA) producido por el cómputo del 45 % del Impuesto a los Combustibles Líquidos (actual ICL antes conocido como ITC) y que con la Resolución General 4532 dicho aplicativo (IVA SIAp) debería receptar a la brevedad la reversión de los cambios hechos, situación que ahora se efectiviza con la Resolución General 4591 en el tema que nos ocupa.