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Chubut: Vigencia retroactiva al 1º de enero de las nuevas alícuotas

Cuando se informó sobre la planilla orientativa  con las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Chubut, se destacó que la vigencia se fijaba en el 1º de enero pasado, y que se esperaba la aclaración sobre cómo proceder con respecto a los meses ya liquidados.

Si bien no se conoció ninguna norma estableciendo como proceder con los saldos a favor que se pueden generar por haber aplicado alícuotas mayores, sí salió la norma que trata la situación inversa, o sea los casos en que las nuevas alícuotas son superiores, donde la Resolución 252/2018 de la Dirección General de Rentas de Chubut, publicada en el Boletín Oficial de la provincia el 18 de julio, se limita a dar plazo hasta el 21 de agosto para pagar las diferencias.

Los motivos expuestos para el dictado de la Resolución que nos ocupa nos dan una importante pauta para que, a nuestro entender, sea viable la presentación de declaraciones rectificativas con saldos a favor del contribuyente. Acompañamos en archivo adjunto la Resolución 252/2018.

Ver Resolución

 

 

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